A- de 2019
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Daniel Enrique De Los Reyes Fuentes·Demandado Establecimiento Penitenciario Y Carcelario De Acacias
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Girardot (Cundinamarca) y el Juzgado Civil del Circuito de Acacías (Meta). ).
En el presente caso se configuró un conflicto negativo de competencia fundado en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambas autoridades tienen competencia para decidir la acción de tutela, la Corte dio prevalencia a la elección que la parte accionante hizo “a prevención” y ordenó remitir el expediente al Juzgado del municipio de Girardot, para que adopte de manera inmediata la decisión de fondo que corresponda, ya que este fue el lugar elegido por el actor para instaurar la solicitud de amparo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 7 de septiembre de 2018 por el Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito Judicial de Girardot dentro de la accion de tutela formulada por Daniel Enrique De Los Reyes Fuentes contra la Oficina Juridica del Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Acacias, Meta.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC- 3645 al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito Judicial de Girardot, para que, de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de la corporacion, COMUNICAR a la parte demandante la decision adoptada en esta providencia y al Juzgado Civil del Circuito de Acacias.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.